Requisitos minimos para la constitución de una liga departamental en Colombia
Requisitos minimos para la constitución de una liga departamental en Colombia

Requisitos minimos para la constitución de una liga departamental en Colombia

En este artículo te explicamos los requisitos mínimos que debes tener en cuenta para la constitución de una Liga Deportiva Departamental en Colombia. Pero antes de empezar, te respondemos:

¿QUÉ ES UNA LIGA DEPORTIVA?

“(…) las ligas deportivas son organismos de derecho privado constituidas como asociaciones o corporaciones por un número mínimo de clubes deportivos o promotores o de ambas clases, para fomentar, patrocinar y organizar la práctica de un deporte con sus modalidades deportivas, dentro del ámbito territorial del departamento o del Distrito Capital, según el caso, e impulsarán programas de interés público y social. No podrá existir más de una liga por cada deporte dentro de la correspondiente jurisdicción territorial. (…)”. (Artículo 7 del Decreto Ley 1228 de 1995).

¿POR QUÉ DEBE EXISTIR SOLO UNA LIGA DENTRO DE CADA JURISDICCIÓN TERRITORIAL?

Porque así lo definió la Ley 181 de 1995 cuando determinó cuál es el orden jerárquico del sistema deportivo, Esto significa que las ligas deportivas son de orden DEPARTAMENTAL. Situación que ratificó la Corte Constitucional en sentencia C-802–29/2000, por lo tanto, no podemos constituir una liga municipal o nacional.

Para consultar más sobre esta sentencia, puedes acceder a nuestro resumen:

Una vez analizado el concepto de liga deportiva departamental, a continuación, te damos a conocer cuáles son los requisitos para su constitución. Para ello, hemos dividido los requisitos, en requisitos generales y requisitos específicos.

Requisitos Generales:

Objeto Lícito: Esto significa que el objeto de la liga no sea contrario a la ley. Por ejemplo, no podemos hacer una liga para promover el uso de drogas ilícitas.
Capacidad: Los miembros de la liga deben tener capacidad contractual conforme a las leyes, normalmente esto significa ser mayor de edad para las personas naturales y tener personería reconocida para las personas jurídicas, y
Voluntad: Una sola persona no puede formar una liga, tiene que haber varios miembros, y esos miembros deben pertenecer a un club deportivo.

Requisitos Específicos:

El artículo décimo del Decreto Ley 1228 de 1995, establece que para crear una liga departamental se deben acreditar los siguientes requisitos

“(…) 1. Constitución con un número mínimo de clubes deportivos o promotores o de ambas clases, según el caso, debidamente reconocidos. 2. Estatutos. 3. Personería jurídica y reconocimiento deportivo otorgado por el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes. (…)”.

Artículo décimo del Decreto Ley 1228 de 1995

El número mínimo de clubes a que se refiere el numeral 1º de este artículo, lo determinará el Ministerio del Deportes (Antes Coldeportes), previa consulta con el ente deportivo departamental y la federación nacional correspondiente, atendiendo la organización, desarrollo deportivo, posibilidades de crecimiento y la disciplina deportiva.

Una vez se cuenten con estos requisitos generales y específicos, se puede proceder a presentar la solicitud para la constitución de una liga deportiva departamental ante el Ministerio del Deporte.

Si necesitas ayuda con la creación de tu club o liga, escríbenos con el formulario de contáctanos o mediante cualquiera de nuestras redes sociales donde nos encontrarás como @jurisdeportiva.

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