Requisitos mínimos para la constitución de un Club deportivo aficionado en Colombia
Requisitos mínimos para la constitución de un Club deportivo aficionado en Colombia

Requisitos mínimos para la constitución de un Club deportivo aficionado en Colombia

En este artículo te explicamos los requisitos mínimos que debes tener en cuenta para la constitución de un club deportivo aficionado en Colombia. Para ello te planteamos responder las siguientes preguntas:

¿QUÉ ES UN CLUB DEPORTIVO AFICIONADO?

Los clubes deportivos del sector aficionado, hacen parte de los organismos del orden municipal dentro de la estructura nacional del deporte en Colombia y son definidos como:

“(…) organismos de derecho privado constituidos por afiliados, mayoritariamente deportistas, para fomentar y patrocinar la práctica de un deporte o modalidad, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre en el municipio, e impulsar programas de interés público y social. (…)” Decreto Ley 1228 de 1995 – artículo 2

A su vez, se reconoce la posibilidad de que las cajas de compensación familiar, los clubes sociales, los establecimientos educativos, las organizaciones comunales y las empresas públicas privadas que desarrollen actividades deportivas organizadas, actúen como clubes deportivos por cada deporte, sin que requieran cambiar su propia estructura orgánica, en todo caso cumpliendo los requisitos establecidos para su funcionamiento.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS QUE NECESITO PARA CONSTITUIR UN CLUB DEPORTIVO?

Con el objetivo de verificar los requisitos de constitución, se debe consultar la resolución 231 del 23 de marzo de 2011, “Por la cual se reglamentan los requisitos que deben cumplir los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento”, la cual desarrolla lo establecido en el articulo 6 del decreto ley 1228 de 1995, según el cual se exige como mínimo lo siguiente:

  1. Acta de constitución.
  2. Listado de deportistas en número plural, en ningún caso el club deportivo tendrá menos de 10 deportistas inscritos.
  3. Estatutos.
  4. Reconocimiento deportivo otorgado por el alcalde a través del ente deportivo municipal correspondiente a que se refiere la Ley 181 de 1995 o quien haga sus veces de conformidad con el artículo 75 de la Ley 617 de 2000.

¿QUÉ ES UN RECONOCIMIENTO DEPORTIVO?

Es el acto administrativo por medio del cual, la autoridad del orden municipal reconoce la vinculación del club deportivo al Sistema Nacional del Deporte, por el término de 5 años, con el objetivo de promocionar la participación deportiva de sus integrantes, además de beneficiarse de las siguientes actividades:

  • Fomento, protección, apoyo y patrocinio del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre dentro de su territorio.
  • Posibilidad de Representar al municipio en competiciones del orden nacional o seccional.
  • Solicitar la sede de las competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales.
  • Recibir recursos públicos.
  • Disfrutar de asesoría o servicios del Ministerio del Deporte y Entes Deportivos Departamentales.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITUD DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO? 

Son múltiples los documentos que se solicitan para acreditar la constitución de un club deportivo del sector aficionado, los cuales dependen de la reglamentación que en cada municipio se haya realizado; sin embargo, se debe acreditar como mínimo los requisitos enunciados en el articulo 17 de la Resolución 231 de 2011.

Es de gran importancia que los miembros del club, cumplan con los requisitos de capacitación descritos en la resolución 1651 del Ministerio del Deporte, vigente desde el 27 de diciembre de 2022.

Recuerda que:

“(…) la asociación para la práctica del deporte puede darse dentro del Sistema Nacional del Deporte, o por fuera de éste, pues las personas son libres de reunirse con otras para desarrollar actividades, compartir sus intereses y emprender un proyecto deportivo (…)” Sentencia T-242 de 2016

Para consultar más sobre esta sentencia, puedes acceder al siguiente link:

Sentencia Corte Constitucional del Colombia T – 242 – 16

Si necesitas asesoría en la verificación de los documentos para constituir un club deportivo escríbenos por nuestro formulario de contacto o mediante cualquiera de nuestras redes sociales donde nos encontrarás como @jurisdeportiva.

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Comentarios (9)

Johan

abril 11, 2024

Muy bie📚

Luis Maldonado

abril 15, 2024

Quiero saber el proceso para registrar un deporte en Colombia.

Hola, cuando se repasa de forma detallada los aspectos legales de la Ley del Deporte en Colombia nos deja una serie de interrogantes, los cuales van por que el ente estatal es muy bueno para crear los fundamentos, pero no le hace seguimiento al cumplimiento de esas políticas, lo que va en detrimento de la causa y sus afectaciones las más graves en los deportistas, que tienen que entrenarse con escasas herramientas y diría, que de poco o nada para poder aparecer en el concierto deportivo, regional o nacional. El caso del Boxeo a nivel nacional ha decaído ostensiblemente porque nos embriagamos con los años dorados, y creímos haber llegado al Maximo de (la cima.) hoy las consecuencias son patéticas, con el agravante que se está nombrando a una clase dirigente si se les puede llamar así, más por intereses personales, y con muy poco conocimiento sobre el deporte. La caída del deporte en buena parte en las regiones se siente ante la falta de liderazgo deportivo.

Alex Zambrano

octubre 3, 2024

Necesito su asesoría para la creación de una liga, que costos acarrea la creación de un liga

Vladimir

enero 16, 2025

Se puede crear un club donde se pueda manejar futbol y futbol sala al mismo tiempo, gracias

GUILLERMO BENAVIDES C.

febrero 17, 2025

Miembro del Comité Provisional de Liga. C.C. NO. 12950544 Muy buenos días, acudo muy respetuosamente ante sus dignas personas con la necesidad de solicitarles Orientación. Estamos en la Proliga. de Ajedrez de Nariño, ya se agoto los primeros 90 días (18 febrero 2024), se autorizó la prorroga y hasta este momento solo hay tres (3) Clubes inscritos. Se puede con Ellos iniciar la Liga de Ajedrez de Nariño. (en los Estatutos de LIADNAR. nada dice al respecto).
Es obligación del Comité Provisional de Liga: revisar Cuentas, Convenios, Activos – Pasivos, Bienes, Enseres, Ultimo Reconocimiento, Paz y salvo, de la Junta Directiva anterior, quienes por negligencia perdieron el Reconocimiento el 12 de abril 2024
Esto es para hacer una entrega depurada a la Nueva Junta que está por nombrarse
Agradezco su atención disculpándome de su valioso tiempo en gestiones mas importantes.

GUILLERMO BENAVIDES C.

abril 22, 2025

GUILLERMO BENAVIDES C. Miembro PROLIGA. Ajedrez de Nariño. Buenos días, desde el 17 de febrero solicite algunas orientaciones, sin respuesta, por favor indicarme entonces a donde puedo buscar ayuda. PROLIGA de Ajedrez de Nariño ha tenido dos intentos fallidos de elecciones de Dignatarios por motivos que quisiera sustentar. gracias

GUILLERMO BENAVIDES C.

mayo 5, 2025

Buenas, habiendo perdido el Reconocimiento Deportivo la Liga de Ajedrez y la Federación nombra la Proliga. para institucionalizarla programa a una Asamblea Extraordinaria de elecciones de Dignatarios de una liga de ajedrez, con seis Clubes debidamente inscritos y convocados con la reglamentaria antelación por el Comité Provisional de Liga.
La pregunta es: Los Miembros de la Junta anterior o alguno de ellos, por derecho propio pueden asistir a la Asamblea de Elecciones, gracias

Jorge Alberto Paez Cristancho

mayo 16, 2025

Buen día quiero saber el requisito para registrar un juego de Campo y pueda ser considerado como deporte en el ministerio del deporte , gracias

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