Deudas vencidas (CRD – FIFA) la sanción empieza a correr desde el momento en que el jugador indica que no se cumplió con la decisión

Deudas vencidas (CRD – FIFA) la sanción empieza a correr desde el momento en que el jugador indica que no se cumplió con la decisión

Por lo tanto, teniendo en cuenta lo anterior, el Juez Único decidió que el club debía pagar la totalidad de la cantidad adeudada (incluidos todos los intereses aplicables) al jugador en un plazo de 45 días desde la notificación de la decisión, y en caso contrario, a petición del jugador, se hará efectiva de inmediato la prohibición de inscribir a nuevos jugadores, tanto a nivel nacional como internacional, por una duración máxima de tres periodos de inscripción completos y consecutivos, de acuerdo con el art. 24bis par. 2, 4 y 7 del Reglamento.

Este es contenido exclusivo para usuarios registrados

Debes iniciar sesión o registrar una cuenta para ver este contenido.

Ver sentencia  

Compartir:

Identificación 5894
Publicado octubre 13, 2021
Vistas: 153

Enviar Mensaje

Copyright © 2024 JurisDeportiva . Todos los derechos reservados.