Deudas vencidas (CRD – FIFA) Requisitos para que la CRD imponga sanciones por deudas vencidas
El Juez Único se refirió al art. 12bis par. 2 del Reglamento, que estipula que cualquier club que haya retrasado un pago debido durante más de 30 días sin una base contractual prima facie puede ser sancionado de acuerdo con el art. 12bis par. 4 del Reglamento.
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