Con este artículo, te explicamos los beneficios tributarios que puede tener un club deportivo aficionado en Colombia, destacando su importancia en las finanzas de los clubes aficionados.
Supongamos que, en algún lugar de Colombia, existe un club llamado Club Deportivo Corazón de León, dedicado al fomento de prácticas deportivas entre jóvenes y niños de bajos recursos. Este Club atravesó problemas financieros para cumplir con el día a día de sus actividades, apoyándose en el esfuerzo de sus fundadores y de la comunidad en general.
Sin embargo, al tomar conciencia de los beneficios tributarios que pueden tener las entidades sin ánimo de lucro, pudieron mejorar su situación y desarrollar en mejor manera su objeto social – educativo. Así las cosas, podemos afirmar que este tipo de beneficios son de gran ayuda para los clubes aficionados. Antes seguir, te respondemos:
¿Qué es un club deportivo aficionado?
Un club deportivo aficionado es una organización sin ánimo de lucro para la formación, fomento y práctica de actividades deportivas. La ley 181 de 1995 (Ley del Deporte) de forma expresa señala que el deporte aficionado es:
“Es aquel que no admite pago o indemnización alguna a favor de los jugadores o competidores distinto del monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio de la actividad deportiva correspondiente”
¿Qué beneficios tributarios tiene un club deportivo aficionado?
La promoción del deporte como una herramienta de educación y oportunidades es una de las directrices del gobierno.
Así las cosas, se promovido la creación y/o constitución de beneficios que pueden ser de gran utilidad para el desarrollo de los clubes aficionados. Entre ellos, encontramos los siguientes:
Régimen Tributario Especial
El RTE es un conjunto de normas tributarias aplicables a un grupo de entidades, cuya finalidad es el desarrollo de su actividad u objeto social. Para ello, es requerido que los clubes soliciten sus procesos de calificación ante la DIAN.
Con ello, se puede obtener una tarifa especial del 20% en el impuesto sobre el beneficio neto en un determinado periodo gravable. Teniendo, además, el carácter de exento cuando este se destine directa o indirectamente al objeto social del club.
Recepción de donaciones
Un club deportivo aficionado puede ser receptor de donaciones y, ello, derivará en un beneficio tributario para el donante. El artículo 257 del Estatuto Tributario, nos habla de un 25% de descuento del impuesto sobre la renta. Ese 25% se calcula respecto al valor donado.
Además de lo anterior, mencionar que en Colombia existen tributos del orden municipal, departamental y nacional. Por tanto, es posible que existan descuentos y/o beneficios específicos para los clubes deportivos aficionados, dependiendo del lugar en que se encuentren.
La información expuesta se expone con base en las disposiciones de la DIAN y relacionadas. Si requieres más información sobre el tema, puedes contactarnos a través de nuestro formulario de contacto o mediante cualquiera de nuestras redes sociales donde nos encontrarás como @jurisdeportiva.