Sucesión Deportiva (TAS) La cuestión no es si el Nuevo Club es el Sucesor Legal, sino si es el Sucesor Deportivo.

Sucesión Deportiva (TAS) La cuestión no es si el Nuevo Club es el Sucesor Legal, sino si es el Sucesor Deportivo.

La jurisprudencia del CAS distingue entre la sucesión legal y deportiva de los clubes, enfatizando que la pregunta crucial es si un club es sucesor deportivo en lugar de sucesor legal. Este enfoque prioriza la continuidad deportiva, evidenciada por factores como el nombre del club, colores y base de aficionados, por encima de la identidad corporativa legal. Esta distinción asegura que un sucesor deportivo pueda heredar obligaciones financieras de su predecesor, no basadas en acuerdos legales sino debido a su identidad y operaciones mantenidas dentro del deporte, según lo definido en el FDC y RSTP.

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Identificación 9249
Publicado enero 28, 2025
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