Rescisión Unilateral (TAS) Falta de acuerdo sobre el nuevo salario no constituye justa causa para terminar el contrato

Rescisión Unilateral (TAS) Falta de acuerdo sobre el nuevo salario no constituye justa causa para terminar el contrato

“59. El C. Blooming sustenta su apelación en la inexistencia de uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo deportivo por no existir acuerdo sobre la remuneración a partir del 1 de enero de 2023, en la medida que el JUGADOR guardó silencio sobre la propuesta de renegociación presentada por el club, pues en su opinión, la vigencia del contrato se supeditaba a dicho acuerdo. Como consecuencia de lo anterior, el APELANTE señala que, si el contrato no estaba vigente, era improcedente su rescisión y con ello la compensación al JUGADOR y la sanción deportiva.

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Identificación 8947
Publicado diciembre 14, 2023
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