86. El Club sostiene que el Contrato de Cesión es nulo por dos razones: (i) al momento de su celebración era contrario al artículo 18ter del RETJ, lo cual implica quedar incurso en un objeto ilícito; y que (ii) al momento de su celebración el jugador ya no era titular de sus derechos económicos, por lo que no podía ceder algo que no le correspondía. El Árbitro Único considera que estos reproches no son de recibo por las razones que se expondrán a continuación.
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