Pasaporte electrónico (TAS) El club y la Federación Miembro sólo tienen 10 días para presentar sus observaciones
La primera etapa del proceso es la generación del EPP provisional, seguida de un Período de Inspección de 10 días. Durante ese período, las Asociaciones Miembro y los clubes tienen los derechos detallados en los Artículos 8.2 y 8.3 de la FCHR. Después de que transcurra este plazo, y a menos que la Secretaría General de la FIFA, a su discreción, reabra un EPP provisional (Artículo 8.4 de la FCHR), MAS y los clubes ya no tendrán la oportunidad de ejercer sus derechos según lo estipulado en …
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