INDEMNIZACIÓN POR FORMACIÓN (TAS) Si no se cumple con alguno de los requisitos formales acumulativos, en principio, no se tiene derecho a la compensación 

INDEMNIZACIÓN POR FORMACIÓN (TAS) Si no se cumple con alguno de los requisitos formales acumulativos, en principio, no se tiene derecho a la compensación 

Para las transferencias que se produzcan dentro de la UE/EEE, el artículo 6, párr. 3 del Anexo 4 de la FIFA El Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RSTP) es lex specialis, cualquier principio general en cualquier otra parte de las regulaciones que tratan con la obligación de pagar la indemnización por formación. Las frases segunda y tercera del artículo 6 párr. 3 se aplican a situaciones en las que ya existe un contrato profesional, estableciendo determinados requisitos que debe cumplir el club formador para conservar un derecho a la compensación si un jugador se muda a otro club…

Debes iniciar sesión o adquirir una membresia para ver este contenido.

Adquirir una Suscripción MENSUAL

Compartir:

Identificación 7909
Publicado julio 25, 2012
Vistas: 21
Miembro desde 12 meses

Enviar Mensaje

Soporte de llamadas:

Correo electrónico:

Dirección:

Cll 76 #11-41. Oficina 901. Bogotá. Colombia

Categorías

Copyright © 2022 JurisDeportiva . Todos los derechos reservados.