De acuerdo con el artículo 17(1)(ii) del Reglamento de la FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RSTP), en caso de que el jugador haya firmado un nuevo contrato al momento de la decisión, el valor del nuevo contrato por el período correspondiente al tiempo restante en el contrato rescindido prematuramente se deducirá del valor residual del contrato que fue rescindido anticipadamente (la “Compensación Mitigada”). Sin embargo…
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