Dopaje (TAS) No tiene que haber una prueba científica para demostrar el dopaje
Tanto el artículo 2.2 (por su comentario) como el artículo 3 del Reglamento Antidopaje (ADR) 2009 de la Federación Internacional de Canotaje (ICF) se refieren a los métodos de prueba de los hechos. Por regla general, los hechos relativos a los ADRV pueden (es decir, está permitido) establecerse por “cualquier medio fiable”.
Debes iniciar sesión o registrar una cuenta para ver este contenido.
Ver sentencia