DECISIONES APELABLES (TAS) Está fuera del alcance de la revisión de un panel TAS para considerar un reclamo por sanciones deportivas en defecto al procedimiento de la federación deportiva competente para dictar las sanciones
Las partes no pueden presentar en apelación nuevas pretensiones o pretensiones que vayan más allá del alcance de las presentadas ante la instancia anterior. En otras palabras, un panel TAS no puede considerar una solicitud de amparo que no se hubiera presentado ante la instancia anterior.
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