De Novo (TAS) El TAS puede revisar el caso nuevamente pero reconoce que tendrá deferencia ante las decisiones de FIFA
Es un principio bien establecido (y no discutido por las Partes) que todas las apelaciones al TAS se oyen de novo, tal como se consagra en el artículo R57 del Código del TAS. En efecto, el Panel tiene la plena facultad de revisar los hechos y el derecho del presente asunto.
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