CONTRATOS (TAS) Acuerdo de voluntades y sanciones en caso de incumplimiento

CONTRATOS (TAS) Acuerdo de voluntades y sanciones en caso de incumplimiento

A falta de acuerdo específico entre las partes las deudas pecuniarias deben ser pagadas en el lugar donde el acreedor es residente en el momento de la ejecución (Artículo 74(2) Código Suizo de Obligaciones (CO)). Además, para no poner al acreedor en peor situación que si hubiera recibido un pago en efectivo…

Debes iniciar sesión o adquirir una membresia para ver este contenido.

Adquirir una Suscripción MENSUAL

Compartir:

Identificación 7669
Publicado julio 26, 2018
Vistas: 35
Miembro desde 12 meses

Enviar Mensaje

Soporte de llamadas:

Correo electrónico:

Dirección:

Cll 76 #11-41. Oficina 901. Bogotá. Colombia

Categorías

Copyright © 2022 JurisDeportiva . Todos los derechos reservados.