ARBITRAJE (TAS) Pacto arbitral debe ser expreso para conferir competencia al Tribunal de Arbitraje
El art. 177 párr. 1 de la Ley Federal Suiza sobre Derecho Internacional Privado (PIL) establece que todo reclamo pecuniario puede ser objeto de arbitraje. En otras palabras, el art. 177 párr. 1 PIL proporciona arbitrabilidad de cualquier reclamo que tenga un interés económico. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Federal Suizo, esto también se aplica a los reclamaciones bajo un contrato de trabajo que, por lo tanto, también caen bajo el alcance del art. 177 PIL…
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