ARBITRAJE (TAS) Pacto arbitral debe ser expreso para conferir competencia al Tribunal de Arbitraje

ARBITRAJE (TAS) Pacto arbitral debe ser expreso para conferir competencia al Tribunal de Arbitraje

El art. 177 párr. 1 de la Ley Federal Suiza sobre Derecho Internacional Privado (PIL) establece que todo reclamo pecuniario puede ser objeto de arbitraje. En otras palabras, el art. 177 párr. 1 PIL proporciona arbitrabilidad de cualquier reclamo que tenga un interés económico. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Federal Suizo, esto también se aplica a los reclamaciones bajo un contrato de trabajo que, por lo tanto, también caen bajo el alcance del art. 177 PIL…

Debes iniciar sesión o adquirir una membresia para ver este contenido.

Adquirir una Suscripción MENSUAL

Compartir:

Identificación 7751
Publicado noviembre 29, 2013
Vistas: 44
Miembro desde 12 meses

Enviar Mensaje

Soporte de llamadas:

Correo electrónico:

Dirección:

Cll 76 #11-41. Oficina 901. Bogotá. Colombia

Categorías

Copyright © 2022 JurisDeportiva . Todos los derechos reservados.