Los siguientes principios se aplican para establecer la fuente de la sustancia prohibida: (i) corresponde al atleta establecer la fuente de la sustancia prohibida, y no a la organización antidopaje probar una fuente alternativa a la planteada por el atleta; (ii) el atleta debe hacerlo con base en el estándar de “balance de probabilidades”…
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Identificación
9145
Publicado
julio 30, 2018
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