Dopaje (TAS) La voluntad determina si la falta es intencional o negligente
Para calificar una conducta como “intencional”, la persona en cuestión debe haber aceptado o consentido la realización de la falta o, al menos, haberla aceptado en aras del objetivo deseado. Por otro lado, una conducta es negligente u omisiva sólo si el infractor no está de acuerdo con la ocurrencia de la falta que se reconoce como posible y, además, confía de forma creíble -no sólo vagamente- en que …
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