CONTRATOS (TAS) Obligación de cumplir el contrato y legitimación para solicitar sanciones disciplinarias

CONTRATOS (TAS) Obligación de cumplir el contrato y legitimación para solicitar sanciones disciplinarias

 De acuerdo con la ley suiza, en un contrato bilateral una parte no puede exigir el cumplimiento hasta que haya cumplido u ofrecido cumplir con su propia obligación. Sin embargo no hay disposición que establece que la consecuencia es que el contrato queda automáticamente resuelto.

Debes iniciar sesión o adquirir una membresia para ver este contenido.

Adquirir una Suscripción MENSUAL

Contenido exclusivo para miembros

Un club no tiene legitimación para solicitar la imposición de sanciones disciplinarias sobre un jugador o club directamente al CAS.

 

According to Swiss Law, in a bilateral contract, a party may not demand performance until it has discharged or offered to discharge its own obligation. However there is no provision stating that the consequence is that the contract is automatically terminated.

A club does not have legitimation to request the imposition of disciplinary sanctions on a player or club directly to CAS.

Para ver la decisión original presiona aquí 2018 / A / 6002

Compartir:

Identificación 7701
Publicado julio 17, 2020
Vistas: 51
Miembro desde 12 meses

Enviar Mensaje

Soporte de llamadas:

Correo electrónico:

Dirección:

Cll 76 #11-41. Oficina 901. Bogotá. Colombia

Categorías

Copyright © 2022 JurisDeportiva . Todos los derechos reservados.