CONTRATOS (TAS) El intento de las partes de cuantificar una pérdida conectada a una rescisión anticipada del contrato por adelantado es una especie de liquidación de daños y perjuicios

CONTRATOS (TAS) El intento de las partes de cuantificar una pérdida conectada a una rescisión anticipada del contrato por adelantado es una especie de liquidación de daños y perjuicios

Según el art. R58 del Código de Arbitraje Deportivo, la ley aplicable al fondo es el derecho elegido por las partes. Siempre que la redacción del contrato aplicable indica claramente la igualdad tanto del Reglamento de la FIFA como de una ley nacional, ambos conjuntos de reglas son aplicables sin que una prevalezca sobre la otra.

Bajo el art. R55 párr. 2 del Código de Arbitraje Deportivo, sólo excepcionalmente algunas circunstancias justifican la aceptación por parte de un panel de presentaciones tardías.

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Según los términos de terminación del contrato, el intento de las partes de cuantificar una pérdida conectada a una rescisión anticipada del contrato por adelantado es una especie de liquidación de daños y perjuicios. Tal interpretación del contrato tampoco irrespeta el principio de igualdad de tratamiento de las partes ni contradice la voluntad de las partes de conformidad con el principio pacta sunt servanda. Los daños liquidados incluyen los daños causados ​​por una temprana rescisión del contrato, p. salarios futuros adeudados después de la fecha efectiva de terminación. El pago de una compensación contractual que cubra (únicamente) daños liquidados en caso de terminación anticipada de un contrato no puede ser considerada como una compensación de todas las condiciones económicas contenidas en el contrato. Por lo tanto, el club que dio por terminado el contrato no se libera del pago de los salarios adeudados antes de la rescisión.

El deber generalmente aceptado de minimizar la pérdida en caso de incumplimiento del contrato no aplica cuando un acuerdo predeterminado entre las partes sobre la compensación como daños y perjuicios considera, por un lado, una suma global independiente de la real cuantía de los daños y perjuicios y por otra parte la libertad de contratar después de la rescisión sin ninguna restricción, en particular sin ninguna reducción de la suma global.

 

According to art. R58 of the Code of Sports-related Arbitration, the law applicable to the merits is the law chosen by the parties. As long as the wording of the applicable contract clearly indicates the equality of both FIFA Regulations and of a national law, both sets of rules are applicable without one prevailing on the other.

Under art. R55 par. 2 of the Code of Sports-related Arbitration, only exceptional circumstances justify the acceptance by a panel of late submissions.

Under the termination terms of the contract, the attempt of the parties to quantify a loss connected to an early termination of the contract in advance is a kind of liquidated damages. Such understanding of the contract neither disrespects the principal of equal treatment of the parties nor contradicts the parties’ will in accordance with the principle pacta sunt servanda. The liquidated damages include damages caused by an early termination of the contract, e.g. future salaries due after the termination’s effective date. The payment of a contractual compensation which covers (only) liquidated damages in case of early termination of a contract cannot be considered as compensation of all financial terms contained in the contract. Therefore, the club that terminated the contract is not relieved from the payment of the salaries due before the termination took effect.

The generally accepted duty to minimize the loss in case of breach of contract does not apply where a predetermined agreement between the parties on the compensation as liquidated damages considers on the one hand a lump sum independent of the real amount of the damages and on the other hand the freedom of contracting after the termination without any restriction, in particular without any reduction of the lump sum.

Para ver la decisión original presiona aquí TAS 2010 / A / 2159

 

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Identificación 8235
Publicado enero 17, 2011
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