Porcenatje de venta futura (TAS) – No hay mala fe si el nuevo club estructura una cesión con opción de compra
El Panel del TAS concluyó que el Real Betis no actuó de mala fe al estructurar la transferencia del jugador al Tottenham como una cesión con opción de compra. El Tribunal aplicó el artículo 156 del Código de Obligaciones Suizo y no encontró pruebas de conducta reprobable ni de intención deliberada de eludir la cláusula de porcentaje de venta futura, pese a las alegaciones del PSG.
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