Responsabilidad Fiscal (FIFA DRC) – El reclamante debe pagar primero y probar el impuesto antes de activar el reembolso
La Cámara enfatizó que en casos relativos a impuestos, sólo se admiten reclamaciones de reembolso si se prueba el pago efectivo mediante una factura oficial de la autoridad fiscal correspondiente. Se citó jurisprudencia relevante del TAS, indicando que los pagos a priori no generan derecho al reembolso. El derecho del reclamante a obtener la restitución de impuestos en Türkiye y España dependerá de la presentación oportuna de dicha prueba. La reclamación fue considerada prematura, sin perjuicio de que se presente nuevamente con una factura válida.
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