Porcentaje de venta futura (TAS) – Obligación de buena fe para no frustrar la condición de la venta futura
El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) estableció que una cláusula de porcentaje de venta futura (sell-on clause) impone al club obligado el deber de actuar de buena fe y con lealtad para facilitar la realización de dicha condición. Si el club impide la transferencia del jugador –incluso por negligencia como el impago de salarios que lleva a una terminación por justa causa– la condición se considera cumplida según el art. 156 del Código de Obligaciones suizo. Por tanto, se activa el derecho del club anterior a recibir el porcentaje pactado.
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