Contrato de representación (TAS) – Comisión condicionada al umbral salarial recibido por el jugador

Contrato de representación (TAS) – Comisión condicionada al umbral salarial recibido por el jugador

En esta decisión, el TAS consideró que las comisiones de intermediación pactadas en el contrato solo se devengan una vez que el jugador haya recibido al menos 2.500.000 USD en concepto de remuneración por parte del club. El laudo analiza la redacción literal de las cláusulas contractuales, así como su interpretación conforme al derecho suizo, concluyendo que la obligación de pago de la comisión está condicionada a un umbral mínimo recibido por el jugador.

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Identificación 9543
Publicado julio 4, 2025
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